¿fast-track para la mitigación de los efectos de la pandemia?
Desde el 17 de marzo de este año, el Gobierno Nacional ha declarado dos veces el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por el Covid-19. Durante este periodo, se han expedido 151 decretos para la atención de la pandemia. Las vigencias de estos decretos varían, la mayoría estuvieron vigentes hasta el final de la declaración del Estado de Emergencia; sin embargo, ninguno rige más allá de diciembre de este año. Sin excluir la importancia de responder de forma inmediata a la crisis, preocupa saber que todas las medidas adoptadas para la mitigación de los efectos de la pandemia apuntan al corto plazo. Es urgente un análisis más amplio, invocar el artículo 215 de la Constitución no puede ser la solución a los efectos económicos, sociales y ambientales que traerá la pandemia a mediano y largo plazo.
Primero, es claro que los indicadores económicos serán los mayores afectados por la pandemia. A principios del año, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) proyectaba para Colombia un crecimiento del PIB entre el 3,5% y 3,7%, sin embargo, ya disminuyeron esa proyección a una caída del 5% (BID, 2020). Los decretos emitidos por el Gobierno Nacional, en cuanto a temas de crecimiento económico, se enfocan principalmente en la creación de alivios para el sector privado. Por ejemplo, se crearon nuevas líneas de crédito y se ampliaron los plazos de los pagos tributarios. Si bien estas líneas de crédito se presentan como un alivio a corto plazo para las empresas, no existe una medida más amplia que abarque la recuperación económica una vez se supere la crisis sanitaria.
Además, los efectos socio-económicos no son menores. El DANE reveló que para el mes de abril la tasa de desempleo fue de 19,8%, lo que representa un aumento de 9,5 puntos porcentuales frente al mismo mes del año 2019 (10,3%). También, la tasa global de participación, definida como la relación porcentual entre la población económicamente activa y la población en edad de trabajar, presentó una reducción de 10,4 puntos porcentuales al compararse con abril de 2019 (62,2%) (DANE, 2020). Por otro lado, según proyecciones realizadas por el BID, la pobreza durante este año aumentaría en tres o cuatro puntos porcentuales respecto al año anterior, llegando hasta un 28% (BID, 2020). En estos temas, los decretos emitidos han ampliado los recursos económicos de los hogares más vulnerables mediante el aumento en el número de giros de las transferencias condicionadas, la implementación del mecanismo de devolución del IVA y la creación del Ingreso Solidario. También se enfocaron en continuar con la prestación de servicios, tal como la reconexión del servicio de agua, junto con medidas especiales para la conectividad móvil. Si bien se debe reconocer la necesidad de estas medidas, ninguna de estas es sostenible financieramente a largo plazo.
Por otro lado, aunque se han evidenciado efectos ambientales positivos durante la cuarentena, los efectos negativos a largo plazo son amplios. Por un lado, GreenPeace sostiene que, aunque ha habido una reducción en las emisiones de CO2 en el mundo, la caída en las emisiones de gases de efecto invernadero son puramente cíclicas, una vez las actividades productivas se reactiven, las emisiones volverán a incrementarse (GreenPeace, 2020). Por otro lado, las medidas de higiene y autoprotección han incrementado el uso de plásticos de un solo uso. El incremento exponencial en el uso de tapabocas no reutilizables, junto con empaques de plástico para la comida, y uso de cubiertos y envases no reutilizables trae como consecuencia un aumento en la producción de desechos inorgánicos. Dado que la mayoría de los efectos ambientales se darán en el mediano y largo plazo, ninguno de los decretos emitidos por el Gobierno Nacional apunta en esta dirección.
En conclusión, invocar el artículo 215 de la Constitución es una solución cortoplacista y de respuesta rápida; la expedición de decretos con fuerza de ley deja de lado la tardanza en los tiempos para promulgar leyes. Sin embargo, este artículo de la Constitución no puede ser la solución a los efectos que traerá la pandemia, se deben crear políticas que apunten al mediano y largo plazo. Pero, cabe recordar que, aunque el Ejecutivo es la rama encargada de la implementación de las políticas públicas, ¿dónde quedan las funciones legislativas? ¿El Congreso de la República debería comprometerse a presentar proyectos de ley que apunten en esa dirección? ¿Se debería aplicar un mecanismo de aceleración de aprobación de proyectos de ley encaminados a mitigar los efectos de la pandemia, tal como se hizo con el fast-track en el 2017?
Camila Cuéllar Pizano
Primero, es claro que los indicadores económicos serán los mayores afectados por la pandemia. A principios del año, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) proyectaba para Colombia un crecimiento del PIB entre el 3,5% y 3,7%, sin embargo, ya disminuyeron esa proyección a una caída del 5% (BID, 2020). Los decretos emitidos por el Gobierno Nacional, en cuanto a temas de crecimiento económico, se enfocan principalmente en la creación de alivios para el sector privado. Por ejemplo, se crearon nuevas líneas de crédito y se ampliaron los plazos de los pagos tributarios. Si bien estas líneas de crédito se presentan como un alivio a corto plazo para las empresas, no existe una medida más amplia que abarque la recuperación económica una vez se supere la crisis sanitaria.
Además, los efectos socio-económicos no son menores. El DANE reveló que para el mes de abril la tasa de desempleo fue de 19,8%, lo que representa un aumento de 9,5 puntos porcentuales frente al mismo mes del año 2019 (10,3%). También, la tasa global de participación, definida como la relación porcentual entre la población económicamente activa y la población en edad de trabajar, presentó una reducción de 10,4 puntos porcentuales al compararse con abril de 2019 (62,2%) (DANE, 2020). Por otro lado, según proyecciones realizadas por el BID, la pobreza durante este año aumentaría en tres o cuatro puntos porcentuales respecto al año anterior, llegando hasta un 28% (BID, 2020). En estos temas, los decretos emitidos han ampliado los recursos económicos de los hogares más vulnerables mediante el aumento en el número de giros de las transferencias condicionadas, la implementación del mecanismo de devolución del IVA y la creación del Ingreso Solidario. También se enfocaron en continuar con la prestación de servicios, tal como la reconexión del servicio de agua, junto con medidas especiales para la conectividad móvil. Si bien se debe reconocer la necesidad de estas medidas, ninguna de estas es sostenible financieramente a largo plazo.
Por otro lado, aunque se han evidenciado efectos ambientales positivos durante la cuarentena, los efectos negativos a largo plazo son amplios. Por un lado, GreenPeace sostiene que, aunque ha habido una reducción en las emisiones de CO2 en el mundo, la caída en las emisiones de gases de efecto invernadero son puramente cíclicas, una vez las actividades productivas se reactiven, las emisiones volverán a incrementarse (GreenPeace, 2020). Por otro lado, las medidas de higiene y autoprotección han incrementado el uso de plásticos de un solo uso. El incremento exponencial en el uso de tapabocas no reutilizables, junto con empaques de plástico para la comida, y uso de cubiertos y envases no reutilizables trae como consecuencia un aumento en la producción de desechos inorgánicos. Dado que la mayoría de los efectos ambientales se darán en el mediano y largo plazo, ninguno de los decretos emitidos por el Gobierno Nacional apunta en esta dirección.
En conclusión, invocar el artículo 215 de la Constitución es una solución cortoplacista y de respuesta rápida; la expedición de decretos con fuerza de ley deja de lado la tardanza en los tiempos para promulgar leyes. Sin embargo, este artículo de la Constitución no puede ser la solución a los efectos que traerá la pandemia, se deben crear políticas que apunten al mediano y largo plazo. Pero, cabe recordar que, aunque el Ejecutivo es la rama encargada de la implementación de las políticas públicas, ¿dónde quedan las funciones legislativas? ¿El Congreso de la República debería comprometerse a presentar proyectos de ley que apunten en esa dirección? ¿Se debería aplicar un mecanismo de aceleración de aprobación de proyectos de ley encaminados a mitigar los efectos de la pandemia, tal como se hizo con el fast-track en el 2017?
Camila Cuéllar Pizano